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Mantenimiento y Verificaciones Eléctricas, S. L.
Es una empresa de servicios dedicada al mantenimiento de instalaciones eléctricas tanto de baja como de alta tensión, englobando desde la supervisión y el correcto funcionamiento de un sencillo elemento eléctrico de la instalación, hasta el transformador de potencia que proporciona el suministro, verificando la totalidad de la instalación para su correcto uso en condiciones de completa seguridad.


CONTEXTO


En la actualidad eficacia es un elemento clave en el desarrollo de la actividad empresarial. Conscientes de ello, nos esforzamos a diario por mejorar nuestros procesos para conseguir el máximo rendimiento en la prestación de cada servicio.

FILOSOFÍA


Nuestra filosofía como empresa de servicios es proporcionar la mejor respuesta a cada una de nuestras intervenciones como única garantía de satisfacción. Escuchamos al cliente para facilitarle la solución óptima a su problema.

OBJETIVOS


Cooperar con nuestros clientes en el desarrollo de sus proyectos empresariales, teniendo como meta la satisfacción a largo plazo para garantizar la continuidad de la relación entre ambos.

Quiénes somos


MANTENIMIENTOS Y VERIFICACIONES ELÉCTRICAS S.L., es una empresa dedicada, como su nombre indica, al mantenimiento de instalaciones eléctricas tanto de baja como de alta tensión, englobando la supervisión y el correcto funcionamiento desde una simple luminaria hasta el transformador de media tensión que proporciona dicho suministro para su correcto uso, verificando la totalidad de la instalación según obliga la:

 

ORDEN 855 (D.O.G.V. Del 31.01.90) Orden del 31 de enero de 1990 de la Consellería de Industria, Comercio y Turismo, sobre mantenimiento e inspección periódica de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia [90/1353] la cual establece que las instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia deberán ser revisadas anualmente por instaladores autorizados que extenderán un boletín de reconocimiento, cuyo modelo será aprobado oficialmente.

También dispone que las instalaciones en servicio serán inspeccionadas por la Administración, siempre que, por causa justificada y en evitación de posibles peligros, juzgue oportuna y necesaria esta revisión. 

 

REAL DECRETO 3275/1982 De 12 de noviembre, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación (BOE núm. 288 de 01.12.1982), establece en su artículo 12, la obligación a los titulares de los centros de transformación, de la suscripción de un contrato de mantenimiento con persona física o jurídica competente que se haga responsable de mantener las instalaciones en el debido estado de conservación y funcionamiento.


poste intemperie
centro de tranformación
transformador

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